Semáforo epidemiológico: ya rige el decreto que durará hasta el 25 de junio

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El DNU 381/2021 entró en vigencia y las medidas durarán hasta fin de mes. Establece que medidas aplicar en cada distrito, en función de la situación sanitaria.

La prorroga de las medidas sanitarias fue anunciada por el ejecutivo nacional.


Este sábado el Boletín Oficial anunció la prorroga de las medidas restrictivas hasta el 25 de junio, con el objetivo de aliviar el impacto de la segunda ola de Coronavirus. Las novedades fueron anunciadas mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia -DNU- 381.

Este DNU emplea un semáforo epidemiológico para las distintas zonas del país. Con su implementación, las zonas de menor riesgo podrán beneficiarse de ciertas flexibilizaciones.

La prorroga de las medidas había sido anunciada este viernes por el Jefe de Estado, Alberto Fernández, en el acto que encabezó en el Centro Argentino de Prontoterapia. En la ceremonia, Fernández manifestó: «Estamos llegando a un punto en el que esperaba que una ley resolviera cómo seguir trabajando el tema, deberemos esperar una semana más».

Los parámetros

Con el DNU cada región adoptará diversas medidas, en función de su situación sanitaria. El riesgo de cada zona podrá categorizarse como «bajo», «mediano», «alto» y «alarma». Sin embargo, existen medidas generales que deberán ser acatadas por todo el territorio.

En todo el país:

Siguen suspendidos viajes grupales de egresados, jubilados, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

Siguen suspendidas actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de 10 personas.

Se establece un aforo del 50 por ciento de todas las superficies cerradas para realizar actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios.

Se fomenta el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad.

En las zonas de «alarma epidemiológica y sanitaria»:

  • Siguen suspendidas actividades de centros comerciales y shoppings.
  • Los locales comerciales deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente. Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.), deben cerrar entre las 19 y las 6 horas del día siguiente, salvo en las modalidades de reparto a domicilio y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía. Entre las 6 y las 19, los locales gastronómicos solo podrán atender a sus clientes y clientas en espacios habilitados al aire libre.
  • Queda suspendida la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre.
  • Queda suspendido el funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines.
  • La restricción de circular regirá desde las 20 hasta las 6 del día siguiente.
  • Las clases presenciales se suspenden en todos los niveles y en todas sus modalidades.

En las zonas del país en «alto riesgo» epidemiológico:

  • Siguen suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.
  • Siguen suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
  • Sigue suspendida la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados.
  • Siguen cerradas las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas.
  • Se prohíbe la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.
  • Siguen cerrados cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos afines, salvo que funcionen al aire libre.
  • Los locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) entre las 23 y las 6 del día siguiente, salvo en la modalidad de reparto a domicilio; y también en la modalidad de retiro, siempre que esta última se realice en locales de cercanía.
  • Se establece un aforo del 30 por ciento en comercios y espacios cerrados de locales gastronómicos.
  • La circulación nocturna se prohíbe entre las 0 y las 6 de cada día.
  • Algunos distritos volverán a a tener clases presenciales.

En las zonas en «medio riesgo»:

  • Las autoridades de cada distrito «podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas»

En las zonas de «bajo riesgo»:

  • En los partidos y departamentos calificados como de riesgo bajo se aplican las medidas generales que rigen para todo el país. 

Guido Raza

Decidí que lo mío era la Comunicación a los 15 años. Soy alumno de la Facultad de Comunicación en la UNC y me especializo en Comunicación Institucional. Elegí La Voz Puntana como el lugar para informarme e informarlos.

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